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¿Qué trámites hay que hacer cuando fallece una persona?

Qué trámites hay que hacer cuando fallece una persona

Es común que al momento de una defunción empiecen todas las interrogantes que antes evitamos por ver la muerte como una posibilidad lejana. Estar informado y conocer los trámites que hay que hacer cuando fallece una persona o familiar te brinda confianza en un momento tan difícil.

Lo ideal es actuar rápidamente para evitar alargar estas gestiones burocráticas y permitirnos transcurrir nuestro duelo sin mayores inconvenientes.

Enumeraremos paso a paso los trámites necesarios después del fallecimiento de un familiar como lo es: el certificado de defunción, contratar un servicio funerario, inscribir la defunción en el Servicio de Registro Civil e Identificación, conseguir las licencias para entierro o incineración, el cobro de la cuota mortuoria, etc.

Trámites a realizar cuando fallece una persona

1. Certificado Médico de defunción

Cuando muere alguien lo primordial es convocar a alguna ambulancia con paramédicos o personal médico para que pueda confirmar el fallecimiento. Este certificado es esencial para realizar los otros trámites, solo puede emitirse por un médico y contiene la información del fallecido y del familiar o conocido que facilita la información.

Es ideal tener confianza en una funeraria que se adapte a tus necesidades y requerimientos. En Funeraria Fuentes contamos con médicos calificados para emitir los certificados de defunción y nos encargamos de asesorarte en todo momento.

Este documento debe exigirse sin importar el lugar del deceso: en casa, hospital, en espacios públicos, etc.

2. Contratar un servicio funerario

Siempre es necesario conocer las últimas voluntades de nuestros familiares y tomar la decisión que honre sus deseos y vida. Contar con un servicio funerario que te ayude a darle solución a tus interrogantes y dudas es parte vital del duelo.

3. Inscribir la defunción en el Servicio de Registro Civil e Identificación

El deceso debe inscribirse en el Servicio de Registro Civil e Identificación en un plazo no mayor de tres días después del fallecimiento. Este trámite se puede realizar todo el año en las oficinas del Registro Civil y se tiene que hacer en la circunscripción donde ocurrió el deceso.

La mayoría de los servicios funerarios se encargan de inscribir la defunción en el Registro Civil para que al final del proceso puedan entregarle a la familia del fallecido el certificado de defunción junto con la inscripción.

Estas inscripciones deben hacerse respecto a la condición del fallecimiento. Pueden ser: Con certificado de defunción, por defunción con testigos, por defunción por causa violenta o por defunción por muerte presunta.

Si se cuenta con el certificado de defunción solo hace falta la cédula de identidad del requirente. Después de ello debe solicitar el certificado de defunción para todo trámite. Este trámite puede hacerse vía online, no tiene ningún costo y no necesita ningún documento adicional.

4. Realizar otros trámites pertinentes

Existe la cuota mortuoria que puede ser cobrada por la persona que se haya encargado de los gastos funerarios. Este beneficio dependerá del fondo de pensiones al que haya estado inscrito el fallecido.

Si se encontraba inscrito en alguna AFP se cancelarán 15 Unidades de Fomento (UF) y variará según los fondos disponibles en la cuenta de ahorro obligatoria del fallecido. De no tenerlo completo se cancelará el monto total que haya acumulado el fallecido en el fondo. Igual ocurre con los seguros.

Cuando se trata de la muerte de un pensionado de alguna AFP y cuenta con el Aporte Previsional Solidario el pago de las 15 UF estará garantizado. El Instituto de Previsión Social (IPS) pagará la diferencia que pueda haber con los fondos disponibles en la cuenta. Si se encuentra inscrito únicamente al Instituto de Previsión Social se le cancelarán solamente $619.770.

Mientras que cuando es parte de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) cancela la liquidación de pago y esto depende de su grado y antigüedad en la Fuerzas de Orden y Seguridad. De esta misma forma ocurre con aquellos inscritos en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).

Este procedimiento cuando se realiza después de 30 días se tendrá que incluir el certificado de incineración o entierro junto con la factura del servicio funerario.

También debemos conocer las condiciones legales en herencias o testamentos, certificados de seguros, pagos de impuestos y cambios en la titularidad de bienes para lograr dichos procesos burocráticos en un período breve.

Ya con conocimiento de los trámites que hay que hacer cuando fallece una persona es más sencillo hacer frente a situaciones de mucha pena y concentrarse en estar presente para la familia en el desarrollo del duelo.

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