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📝 Cuota Mortuoria ¿Cómo saber si una persona tiene derecho?

Cuota mortuoria en Chile: ¿quién tiene derecho y cómo solicitarla?

La cuota mortuoria en Chile es un beneficio económico que permite cubrir parcial o totalmente los gastos funerarios tras el fallecimiento de una persona afiliada a AFP, IPS, compañías de seguros, Dipreca o Capredena. Este aporte representa un alivio para muchas familias en momentos difíciles.

A continuación, te explicamos qué es la cuota, cómo saber si corresponde y cómo se tramita.

⚰️ ¿Qué es la cuota mortuoria?

Es una asignación por fallecimiento que permite financiar los servicios funerarios mediante los fondos disponibles en la cuenta individual de la AFP o en el sistema previsional correspondiente.

Los montos máximos son:

  • Hasta 15 UF si proviene de una AFP o compañía de seguros.
  • $1.020.964 si el beneficio se otorga a través del IPS.

Este beneficio puede ser entregado por:

  • AFP: Administradoras de Fondos de Pensiones.
  • Compañías de seguros, Dipreca o Capredena: Según el régimen de pensiones del fallecido.
  • IPS: Para personas no afiliadas a AFP, a través del sistema solida

🔍 ¿Quién puede recibir la cuota mortuoria?

Cualquier persona o institución que haya pagado los servicios funerarios tiene derecho a solicitar la cuota, sin importar el parentesco con el fallecido.

🧾 ¿Cómo saber si corresponde este beneficio?

🔹 Verificar afiliación en AFP

  1. Ingresar a: Superintendencia de Pensiones – Consulta de Afiliación
  2. Ingresar el RUT del fallecido y hacer clic en “Buscar”.

También puedes contactar directamente a la AFP para confirmar si existen fondos suficientes para cubrir hasta 15 UF.

🔹 Verificar afiliación en IPS

  1. Ingresar a: ChileAtiende – Solicitud de Cuota Mortuoria
  2. Digitar el RUT del fallecido y hacer clic en “Consultar”.

En ambos casos se indicará si la persona estaba afiliada a AFP o IPS y si tiene derecho al beneficio.

✅ Requisitos generales para solicitar la cuota mortuoria

Los documentos varían según la institución, pero generalmente se requiere:

  • Certificado de defunción.
  • Factura o documento que acredite los gastos funerarios.
  • Cédulas de identidad del fallecido y del solicitante.
  • Formulario de solicitud correspondiente (AFP, IPS o aseguradora).
  • Cesión de derechos (si aplica para IPS, Dipreca o Capredena).
  • Acreditación del vínculo (si corresponde).

🛡️ Consideraciones importantes

  • Si el fallecido era pensionado por AFP y tenía Aporte Previsional Solidario, el IPS cubre la diferencia hasta las 15 UF.
  • En el caso de renta vitalicia con compañía de seguros, la cuota mortuoria está garantizada por contrato.
  • Personas que no estaban afiliadas al DL 3.500 (nuevo sistema de pensiones) pueden recibir una asignación equivalente a tres ingresos mínimos, si cumplen ciertos requisitos (como haber tenido PBS o cotizaciones recientes).

🤝 Apoyo de Funeraria Fuentes

En Funeraria Fuentes, sabemos que este tipo de trámites puede ser confuso y desgastante. Por eso, realizamos las gestiones necesarias por ti, sin costo adicional:

  • Consultamos a qué institución corresponde el fallecido.
  • Verificamos si hay derecho a cuota mortuoria.
  • Emitimos la documentación necesaria para facilitar el proceso.
  • Brindamos asesoría legal y orientación funeraria personalizada.

💬 Perder a un ser querido es difícil. Saber que existe un beneficio como la cuota mortuoria y contar con asesoría experta puede marcar la diferencia.
En Funeraria Fuentes te acompañamos en todo momento

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