La cuota mortuoria en Chile es un beneficio económico que permite cubrir parcial o totalmente los gastos funerarios tras el fallecimiento de una persona afiliada a AFP, IPS, compañías de seguros, Dipreca o Capredena. Este aporte representa un alivio para muchas familias en momentos difíciles.
A continuación, te explicamos qué es la cuota, cómo saber si corresponde y cómo se tramita.
⚰️ ¿Qué es la cuota mortuoria?
Es una asignación por fallecimiento que permite financiar los servicios funerarios mediante los fondos disponibles en la cuenta individual de la AFP o en el sistema previsional correspondiente.
Los montos máximos son:
- Hasta 15 UF si proviene de una AFP o compañía de seguros.
- $1.020.964 si el beneficio se otorga a través del IPS.
Este beneficio puede ser entregado por:
- AFP: Administradoras de Fondos de Pensiones.
- Compañías de seguros, Dipreca o Capredena: Según el régimen de pensiones del fallecido.
- IPS: Para personas no afiliadas a AFP, a través del sistema solida
🔍 ¿Quién puede recibir la cuota mortuoria?
Cualquier persona o institución que haya pagado los servicios funerarios tiene derecho a solicitar la cuota, sin importar el parentesco con el fallecido.
🧾 ¿Cómo saber si corresponde este beneficio?
🔹 Verificar afiliación en AFP
- Ingresar a: Superintendencia de Pensiones – Consulta de Afiliación
- Ingresar el RUT del fallecido y hacer clic en “Buscar”.
También puedes contactar directamente a la AFP para confirmar si existen fondos suficientes para cubrir hasta 15 UF.
🔹 Verificar afiliación en IPS
- Ingresar a: ChileAtiende – Solicitud de Cuota Mortuoria
- Digitar el RUT del fallecido y hacer clic en “Consultar”.
En ambos casos se indicará si la persona estaba afiliada a AFP o IPS y si tiene derecho al beneficio.
✅ Requisitos generales para solicitar la cuota mortuoria
Los documentos varían según la institución, pero generalmente se requiere:
- Certificado de defunción.
- Factura o documento que acredite los gastos funerarios.
- Cédulas de identidad del fallecido y del solicitante.
- Formulario de solicitud correspondiente (AFP, IPS o aseguradora).
- Cesión de derechos (si aplica para IPS, Dipreca o Capredena).
- Acreditación del vínculo (si corresponde).
🛡️ Consideraciones importantes
- Si el fallecido era pensionado por AFP y tenía Aporte Previsional Solidario, el IPS cubre la diferencia hasta las 15 UF.
- En el caso de renta vitalicia con compañía de seguros, la cuota mortuoria está garantizada por contrato.
- Personas que no estaban afiliadas al DL 3.500 (nuevo sistema de pensiones) pueden recibir una asignación equivalente a tres ingresos mínimos, si cumplen ciertos requisitos (como haber tenido PBS o cotizaciones recientes).
🤝 Apoyo de Funeraria Fuentes
En Funeraria Fuentes, sabemos que este tipo de trámites puede ser confuso y desgastante. Por eso, realizamos las gestiones necesarias por ti, sin costo adicional:
- Consultamos a qué institución corresponde el fallecido.
- Verificamos si hay derecho a cuota mortuoria.
- Emitimos la documentación necesaria para facilitar el proceso.
- Brindamos asesoría legal y orientación funeraria personalizada.
💬 Perder a un ser querido es difícil. Saber que existe un beneficio como la cuota mortuoria y contar con asesoría experta puede marcar la diferencia.
En Funeraria Fuentes te acompañamos en todo momento